El Reglamento General de Protección de Datos y la IA
"Todo interesado tendrá derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativamente de modo similar". Artículo 22, párrafo 1 del Reglamento (UE) 2016/679[i].
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En el pasado mes de abril el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo sancionaron el nuevo Reglamento General sobre Protección de Datos -Reglamento (UE) 2016/679 de 27/04/2016- que entró en vigor el 24 de mayo y que será de aplicación obligatoria en todos los países de la Unión a partir del 25 de mayo de 2018[ii].
Según una encuesta del Eurobarómetro[iii] realizada a principios del año 2015, el 81% de los europeos -el 85% de los españoles- dicen estar preocupados por no tener un control completo sobre la información facilitada a través de Internet, y un 69% -el 64% de los españoles-, por el posible uso que las empresas puedan hacer de los datos cedidos.
Uno de los objetivos del Reglamento es el de permitir a los ciudadanos de la UE recobrar el control de sus datos personales.
Para ello las normas recogidas en dicho Reglamento vienen a reforzar los derechos ya establecidos en la anterior directiva de 1995, con el derecho a la portabilidad de datos (artículo 20); aclaración del "derecho al olvido" (artículo 17) o el derecho a saber si los datos en poder de organismos o empresas han sido hackeados (artículo 34); además de facilitar el acceso a los datos propios en poder de terceros y a la forma en que éstos los traten.
Concretamente, en el artículo 15 ("Derecho de acceso del interesado"), párrafo 1, apartado h, se establece que "[e]l interesado tendrá derecho a obtener del responsable del tratamiento confirmación de si se están tratando o no datos personales que le conciernen y, en tal caso, derecho de acceso a los datos personales y a ... la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, a que se refiere el artículo 22, ", artículo con el arrancaban estas reflexiones.
Además, en el artículo 4 ("Definiciones"), apartado 4, se define la "elaboración de perfiles" como "toda forma de tratamiento automatizado de datos personales consistente en utilizar datos personales para evaluar determinados aspectos personales de una persona física, en particular para analizar o predecir aspectos relativos al rendimiento profesional, situación económica, salud, preferencias personales, intereses, fiabilidad, comportamiento, ubicación o movimientos de dicha persona física;".
Hasta ahora, un tratamiento automatizado era completamente predecible en su comportamiento. No había más que seguir el código (programa informático) escrito al efecto y los datos de entrada que lo alimentaban, para conocer cómo trataba los referidos datos y cuál sería el resultado que se obtendría. Una máquina se programa indicándole instrucción por instrucción lo que debe realizar. A partir de ahí, salvo errores de funcionamiento, ella hará, únicamente, aquello para lo que se la ha programado. Más que decirle "qué debe hacer", se le dan una serie de instrucciones sobre "cómo debe hacerlo".
Consecuentemente, informar de cómo se ha llegado a un perfil determinado a partir de ciertos datos personales, y de las consecuencias previstas para el interesado, no parecen aspectos que impliquen una excesiva complejidad.
Sin embargo, la llegada de la Inteligencia Artificial (IA) hace que esto esto comience a no resultar tan evidente (al menos de momento)[iv].
La IA podría definirse como un conjunto de algoritmos que, en mayor o menor medida, realizan sus funciones sobre la base de un reconocimiento del mundo natural y de un aprendizaje derivado de su interacción con aquel.
Dependiendo de los datos con los que se alimente a un sistema de IA y de su entrenamiento con humanos, los cuales evalúan su forma de actuar -evaluación que recoge la máquina como otro dato de aprendizaje-, dicho sistema será capaz de conducir un automóvil o un avión; de realizar una operación financiera, o un diagnóstico médico y sugerir el pertinente tratamiento; de recomendar la contratación de una persona para realizar una actividad dentro de la empresa, etc.
Pero a diferencia de lo que ocurre en la programación tradicional, la programación de un sistema de IA busca decir QUÉ debe hacer. El CÓMO lo haga y sus resultados dependerán, en primer lugar, del entrenamiento que se le haya proporcionado; esto es, de los datos con los que que se le haya alimentado y de los expertos que lo hayan dirigido. En segundo lugar, cuando en un momento dado se le solicite llevar a cabo una determinada acción, el cómo la realice dependerá de los datos que le lleguen. Se trata de un modo de funcionamiento no determinista.
Esto supone que el hecho de poder informar de la lógica de una elaboración de perfil, si se ha hecho con IA, no siempre resultará posible (por ahora). Ello, aparentemente, puede resultar un poco raro ya que la IA no deja de ser una herramienta hecha por humanos; aunque estos no siempre la entiendan. Todo ello supone un reto para los investigadores en Inteligencia Artificial, ya que "los algoritmos no sólo tienen que ser eficientes, tienen que ser transparentes y justos"[v].
"Los algoritmos pueden hacer sistemas más inteligentes, sin embargo, sin añadir un poco de sentido común a la ecuación, pueden producir algunos resultados extraños." Stephen F. DeAngelis, Presidente and CEO de Enterra Solutions.[vi]
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Este artículo fué publicado originalmente por ComunicacionesHoy, nº 155, 24-08-2016. Referencia: Regulación/ Opinión, pg.13 – "El Reglamento General de Protección de Datos y la IA" – María José de la Calle.
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[i] A lo largo del texto aparecen citados distintos artículos del Reglamento General sobre Protección de Datos, que se puede consultar en url [a 16-07-2016] http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1473958690793&uri=CELEX:32016R0679
[ii] "Reform of EU data protection rules". European Comission/ Justice. url [a 16-07-2016] http://ec.europa.eu/justice/data-protection/reform/index_en.htm
[iii] Eurobarómetro, Comisión Europea. Mar 2015. url [a 16-07-2016] http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_431_fact_es_es.pdf
[iv] Cade Metz, 11 Jul, 2016, "Artificial Intelligence Is Setting Up the Internet for a Huge Clash With Europe". Wired. url [a 16-07-2016] http://www.wired.com/2016/07/artificial-intelligence-setting-internet-huge-clash-europe/?mbid=nl_71116_p3
[v] "algorithms are not merely efficient, but transparent and fair." Bryce Goodman, Seth Flaxman, 28 Jun, 2016. "EU regulations on algorithmic decision-making and a “right to explanation”". url [a 16-07-2016] http://arxiv.org/pdf/1606.08813v1.pdf
[vi] "Algorithms can make systems smarter, but without adding a little common sense into the equation they can still produce some pretty bizarre results." Stephen F. Deangelis, 2014. "Artificial Intelligence: How Algorithms Make Systems Smart". Wired. url [a 16-07-2016] http://www.wired.com/insights/2014/09/artificial-intelligence-algorithms-2/
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